Los concesionarios de grúas y corralones en Puebla han entrado en total rebeldía contra la Secretaría de Movilidad y Transporte, pues a pesar de que ya existe un tabulador oficial para regular sus tarifas, siguen incrementando los costos de forma exorbitante hasta por un 272% violando la ley.
Fue el pasado 6 de febrero cuando la SMT publicó un tabulador oficial con los costos del transporte auxiliar; sin embargo, a tres días de que entrará en vigor, y con el riesgo de perder sus concesiones y pagar multas de hasta 35 mil pesos, las empresas encargadas de brindar el servicio de grúas y corralones continúan excediéndose en los costos.
CENTRAL realizó un sondeo sobre el precio del servicio de arrastre de un vehículo Volkswagen Vento el cual, de acuerdo con el nuevo tabulador de la SMT debe tener un valor de entre 18.85 pesos y 20.67 pesos por kilómetro o bien un valor fijo de 528 pesos.
De las empresas canalizadas la más económica fue Grúas Doama S.A. de C.V., la cual ofertó su servicio en 40 pesos por kilómetro, reflejando un aumento del 113%, respecto al establecido en la ley.
Mientras que las empresas Grúas Continental y Cuauhtémoc incrementaron su costo de arrastre en un 220%, ya que por kilómetro ofertan una tarifa de 60 pesos.
En tanto, Grúas Arango aumentó su costo en un 272%, al señalar que por kilómetro se cobraba una tarifa de 70 pesos, considerando una grúa tipo “A”.
De acuerdo con el nuevo reglamento de la Ley de Transporte en materia de Servicios Auxiliares de Arrastre, Salvamento y Depósito de Vehículos los concesionarios de las grúas y corralones podrían estar sujetos a la revocación de su concesión y recibir sanciones que van desde las 50 a las 414 Unidades de Medida Actualizadas (UMA), es decir de los cuatro mil 344 pesos a los 35 mil 968.32 pesos por no respetar las tarifas autorizadas por la SMT o por violar alguno de los lineamientos.
Además, contempla penas por no renovar o remplazar el equipo e instalaciones con las que se preste el servicio en los plazos señalados por la Secretaría y por dejar de prestar el servicio sin causa justificada por un término mayor de quince días.