El encargado de Despacho de la Subsecretaría de Gobierno de la SGG, José Ventura Rodríguez Verdín, aclaró que la Ley Orgánica Municipal en sus artículos 224, 225 y 226 explica que es responsabilidad exclusiva de los ayuntamientos convocar y organizar los plebiscitos de sus juntas auxiliares, por lo que el secretario general de gobierno es ajeno a las renovaciones de las juntas auxiliares de Puebla capital y del interior del estado.
Rodríguez Verdín, puntualizó que la administración estatal debe velar por la paz social, la gobernabilidad y la seguridad de los poblanos, pero en ningún momento puede ni debe, en razón del marco jurídico municipal existente, invadir responsabilidades ajenas a su competencia.
Destacó que los personajes públicos deben conocer las leyes para expresar de manera inteligente sus opiniones respecto a los plebiscitos.