20 de Abril del 2024

Política

Diputada del PAN en Puebla reprocha propuesta de senadoras para prohibir “terapias de conversión” para gays; en redes la llaman ignorante

- Foto: Especial

La diputada aseguró que la propuesta de Morena, MC y Verde Ecologista atenta contra las garantías individuales.

Por Esteban de Jesús López / @Estevanz01 /

La diputada local del PAN, Mónica Rodríguez de la Vecchia criticó a las senadoras Citlali Hernández, Patricia Mercado y Alejandra Lagunes de querer impulsar una iniciativa para prohibir las “terapias de conversión” para homosexuales, al argumentar que cada quien puede tomar las terapias que quiera y que dicha propuesta atenta contra las garantías individuales.

Sin embargo, a la legisladora le llovieron una serie de críticas en Twitter, pues los usuarios la llamaron ignorante debido a que aseguran que ese tipo de prácticas causan dolor y atentan contra los derechos humanos.

Hubo otros que llamaron a la panista “desinformada” y otros que condenaron su mensaje.

El periodista y experto en temas de la comunidad LGBTTI, Eduardo Iniesta invitó a Rodríguez de la Vecchia a que tome ese tipo de terapias y se asegure que funcionan, de lo contrario también ella sería un “fraude”.

Horas más tarde, la también esposa de Pablo Rodríguez, dirigente municipal del PAN en Puebla, lejos de disculparse, volvió a causar polémica al tachar de “intolerantes” a quienes objetaron su mensaje en contra de las terapias de conversión.

Lo anterior continúo la lluvia de críticas contra la panista por apoyar las terapias que significan tortura para quienes las toman.

El pasado 4 de octubre, las senadoras Alejandra Lagunes del Verde Ecologista; Patricia Mercado de Movimiento Ciudadano y Citlali Hernández de Morena, presentaron una iniciativa para que quienes practiquen las terapias de conversión sean sancionados.

Citlali Hernández consideró que los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), “violentan los derechos de las personas LGBTI”.

La propuesta pretende modificar el Código Penal Federal para permitir imponer sanciones de 1 a 3 años de prisión o de 150 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad o 200 días de multa a quienes “promuevan, impartan, obliguen o financien cualquier tipo de tratamiento, servicio, terapia o práctica con o sin fines de lucro con el objetivo de obstaculizar, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual”.

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