25 de Abril del 2024

Nacional

¿Sabes cuáles serán los días de descanso obligatorio en 2019?

- Foto: Especial

Los días feriados o festivos tienen por objeto que las y los trabajadores celebren, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas.

Por Central / @CentralPuebla /

 

De acuerdo con la Ley Federal del trabajo el día festivo, o día feriado, es aquel que no es día laborable y se considera como descanso obligatorio.

Los días de descanso obligatorio son

I. El lunes 1 de enero

II. El lunes 3 de febrero en conmemoración del 5 de febrero;

III. El lunes 18 de marzo en conmemoración del 21 de marzo;

IV. El miercoles 1 de mayo;

V. El lunes 16 de septiembre

VI. El lunes 18 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;

VIII. El miércoles 25 de diciembre

¿Qué ocurre si a las o los trabajadores se les solicita que laboren en este día?

En primera instancia las y los trabajadores y las y los patrones deberán determinar el número de trabajadores(as) que deban prestar sus servicios. Los trabajadores(as) quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.

Adicional a lo anterior, si de acuerdo al calendario el día de descanso obligatorio llegará a coincidir con el día de descanso semanal, es decir el día domingo, la o el patrón deberá de cubrirle al trabajador(a) el pago de la prima dominical que marca el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo el cual señala: Las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

Derivado de lo anterior las y los trabajadores recibirán el triple del salario por ese día, más la prima dominical.

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