Thursday, 18 de April de 2024

Política

Multarán hasta con 112 mil pesos a dependencias en Puebla que incumplan con Protección de Datos Personales

- Foto: Especial

La propuesta fue hecha por el gobernador, Antonio Gali Fayad, en la Ley de Datos Personales que envió al Congreso Local y la cual es una homologación al marco legal nacional.

Por Osvaldo Macuil/@OsvaldoMacuil /

El gobernador, Antonio Gali Fayad presentó ante el Congreso Local la Ley de Protección de Datos Personales en la que se establece que las dependencias que no acaten resolutivos del Instituto de Transparencia para salvaguardar información de ciudadanos, tendrán que pagar multas que van de los 11 mil 323 a los 113 mil 235 pesos.

El ejecutivo estatal envió esta iniciativa este 18 de julio, a una semana de que se cumpla el plazo para homologar con el marco legal nacional en la materia.   

Se establece que los ciudadanos podrán presentar ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública recursos de revisión cuando consideren que las dependencias no cumplen con resguardar su información personal.

En caso de que el organismo falle en favor de los quejosos y no se acate la resolución, la autoridad impondrá sanciones económicas que llegarán hasta los 113 mil 235 pesos.

Artículo 176.- El Instituto de Transparencia podrá imponer las siguientes medidas de apremio paraasegurar el cumplimiento de sus determinaciones: I. La amonestación pública, o II. La multa, equivalente a la cantidad de ciento cincuenta hasta mil quinientas veces el valor diario de la unidad de medida y actualización. El incumplimiento de los Responsables será difundido en el Portal de Obligaciones de Transparencia del Instituto de Transparencia y considerado en las evaluaciones que realicen éstos”, establece la propuesta de ley.

Las dependencias y áreas públicas que deben cumplir con esta ley son el Poder Ejecutivo, sus Dependencias y Entidades; el Poder Legislativo y cualquiera de sus Órganos; el Poder Judicial y cualquiera; Los Tribunales Administrativos; los Ayuntamientos, sus Dependencias y Entidades; los órganos constitucionalmente autónomos; los Partidos Políticos; así como Fideicomisos y fondos públicos.

Se señaló que un ciudadano puede dar consentimiento para el uso de sus datos personales; en caso contrario, la autoridad deberá encargarse de su resguardo o su destrucción.

Las áreas públicas sujetas a esta ley tendrán que destinar recursos para la instrumentación de programas y políticas de protección de Datos Personales, y poner en práctica un programa de capacitación y actualización del personal sobre las obligaciones.