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El patrimonio de la fundación Jenkins ya es herencia de nietos

- Foto: Especial

A través de una institución registrada en Panamá, la esposa e hijos del finado Guillermo Jenkins pueden recibir los recursos con los que se creó la Fundación Mary Street Jenkins en Puebla para obras de beneficencia y entrega de becas

Por e-consulta / Eduardo González /

El patrimonio de la Fundación Mary Street Jenkins, que en su momento fue una de las benefactoras con mayores recursos en el país, ahora se reparte como “herencia” entre la esposa de Guillermo Jenkins Anstead –ya fallecido-, cuatro de sus cinco hijos y 10 nietos.

Así se asienta en documentos del Registro Público de Panamá, desde donde ahora se administran más de 720 millones de dólares que formaron parte de la institución fundada en Puebla, que en 2014 se mudó al país de Barbados y un año después a Centroamérica.

En 2016, el primogénito de la familia, Guillermo Jenkins de Landa, pidió a la Junta para el Cuidado de las Instituciones de Asistencia Privada en Puebla que investigara el manejo financiero de la institución, en ese entonces a cargo de sus padres y hermanos, y de la que fue expulsado como patrono.

La Fundación Mary Street Jenkins fue creada el 18 de octubre de 1954 –hace casi 63 años- por el empresario William O. Jenkins con el objetivo de otorgar becas a estudiantes y entregar recursos para obras de beneficencia. Es fundadora de la Universidad de las Américas de Puebla (UDLAP), del Colegio Americano de Puebla y el Club Alpha.

Mudan fundación de Barbados a Panamá

En abril de 2014 el patrimonio de la Fundación Jenkins fue donado a la “Fundación Bienestar de Filantropía”, registrada en Aguascalientes por abogados de la propia familia, y para diciembre del mismo año todo el dinero se fue al país caribeño de Barbados, por lo que quedó fuera del alcance de las autoridades mexicanas.

De acuerdo con los documentos a los que tuvo acceso e-consulta, el 7 de diciembre de 2015 se formalizó en la ciudad de Panamá la creación de la “Fundación para el Desarrollo Latinoamericano”, de interés privado, como “continuación” de Bienestar de Filantropía.

El patronato de la fundación, encabezado por Alejandro González Muñoz, había decidido un mes antes mudarse de paísporque detectó que la jurisdicción de Barbados no resultó la “idónea” para que la Fundación Bienestar de Filantropía IBP desarrollara sus actividades en “condiciones óptimas”.

En Panamá los miembros registrados del consejo de la Fundación para el Desarrollo Latinoamericano fueron Carlos Román Hernández, Virgilio Rincón Salas y Alejandro González Muñoz, quienes quedaron además como delegados especiales con otras siete personas y “cualquier miembro” de la firma de abogados Alfaro, Ferrer y Ramírez, que la representa.

Cabe señalar que el patrimonio inicial de la nueva institución fue de 10 mil dólares, aunque dejó espacio para sumar dinero u otros activos que fijaran su reglamento y la forma en que se distribuiría entre sus beneficiarios.

Como beneficiario principal quedó Guillermo Jenkins Anstead, hijo de William O. Jenkins, quien creó la Fundación Mary Street Jenkins a que le destinó toda su fortuna.

Fundación S.A.

En agosto de 2016 se protocolizó la certificación de la fundación “panameña”, se estableció que su reglamento fuera de carácter privado y confidencial, además de que sólo se rindieran las cuentas que el propio documento señalara.

Cabe señalar que en Puebla estas instituciones están reguladas por la Junta para el Cuidado de las Instituciones de Asistencia Privada, que en teoría revisa su actividad y recibe reportes de sus manejos financieros.

Ante la notaría cuarta de circuito de la ciudad de Panamá, quedó registrada el 8 de agosto una resolución del consejo de la Fundación para el Desarrollo Latinoamericano en cual la se informa que se creó en México una sociedad anónima, llamada FPDL S.A. a la cual se le hizo una aportación a su capital social por 79 millones de dólares.

Se detalla que en el portafolio de inversión de la fundación sólo quedó un saldo de 1 millón 222 mil 814 dólares.

Además se hace mención que se entregarían hasta 200 mil dólares para un proyecto educativo en Barbados, que fue el primer destino de los recursos de la fundación.

Transfieren recursos y fijan distribución a familiares

A la par, Guillermo Jenkins Anstead comunicó el 4 de agosto al consejo que aprobaba su reglamento, en el cual detalló la forma en que se repartiría el patrimonio de la nueva fundación tras su fallecimiento.

Indicó que a su esposa Elodia Sofía de Landa Irízar de Jenkins la fundación debe entregarle 600 mil dólares anuales,además de poder solicitar cualquier cantidad para gastos médicos, cuando la póliza de seguro no lo cubra.

Además cuatro de sus cinco hijos podrán disfrutar del “producto restante” por partes iguales, entre ellos Roberto, María Elodia, Margarita y Juan Carlos Jenkins de Landa. En uno de los apartados se detalla que tienen derecho a recibir 120 mil dólares anuales, actualizables cada año según el índice de precios al consumidor en Estados Unidos.

Sin embargo el primogénito, Guillermo Jenkins de Landa, que ha encabezado las denuncias por el manejo financiero de la fundación, “queda expresamente excluido de cualquier beneficio en la vida o como resultado del fallecimiento del beneficiario principal o como resultado de cualquiera otra circunstancia”.

Además se indica que al morir sus hijos beneficiarios, los recursos pasarán a partes iguales a sus nietos, los tres hijos de Roberto, dos hijos de María Elodia, cuatro hijos de Margarita y una hija natural de Juan Carlos Jenkins, no así a los adoptivos.

Cabe señalar que en el reglamento se enlistan 24 bienes, entre inmuebles, vehículos, un helicóptero, obras de arte, acciones y cuentas bancarias aportadas al capital social de la empresa FPDL S.A., que está representado por 10 mil acciones emitidas en favor de la Fundación para el Desarrollo Latinoamericano.

Es importante recordar que el 2 de diciembre, cuatro meses después de la aprobación del reglamento, Guillermo Jenkins Anstead murió en la ciudad de México, por lo que entró en vigencia la distribución del patrimonio fundacional.

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