Política

Cargo directivo partidista y falsedad de declaraciones, los argumentos jurídicos contra Ana Tere

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De acuerdo con el TEPJF, el cargo de Consejero Nacional de un partido es considerado un cargo de dirigencia, por lo que Ana Teresa Aranda no podría participar como candidata ciudadana por haber sido Consejera Nacional del PAN el 29 de agosto

Por Viridiana Lozano Ortíz/ @viriloz / / Ciudad de Puebla

Ana Teresa Aranda está impedida legalmente para convertirse en candidata ciudadana al gobierno de Puebla, pues el pasado 29 de agosto participó como consejera nacional del PAN en una asamblea partidista, por lo que para lograr el registro como independiente debió dejar este nombramiento en el blanquiazul un año antes de la elección, es decir, previo al 5 de junio de 2015.

De acuerdo con los criterios que se derivan de las denuncia SUP-JDC-17/2012 emitida por el propio Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el cargo de consejero nacional ―ostentado por Ana Tere hace solo ocho meses tiene el nivel de un cargo de dirigencia―“en función de que realiza funciones de actos a nombre del partido con la intención de guiarlo hacia la consecución de un acto determinado”.

El pasado 4 de abril, CENTRAL publicó el pase de lista de la sesión del Consejo Nacional del PAN que se llevó a cabo el 29 de agosto y en el que Ana Teresa Aranda participó como consejera nacional.

Ante la negativa constante del Instituto Electoral del Estado (IEE) para darle su registro como candidata independiente. Aranda Orozco ha promovido una serie de impugnaciones ante el TEPJF, una de ellas fue para evitar el requisito de haber renunciado un año antes a su militancia en el PAN para lograr su registro.

Sobre esto, el Tribunal resolvió el pasado 2 de marzo que era “excesivo” pedirle a un militante que renuncie con un año de antelación a su partido para ser tomado en cuenta como candidato independiente, pero sí fue enfático en referir que en el caso de los cargos directivos sí tendría que aplicar este requisito pues podrían valerse de la estructura generada al interior de sus institutos políticos para llevar ventaja en el proceso electoral.

Al hacer esta solicitud ante el TEPJF, Ana Teresa Aranda incurrió en el delito de falsedad de declaraciones, pues ocultó a los magistrados el hecho de que el 29 de agosto participó en el Consejo Nacional de su partido como integrante de este órgano directivo de Acción Nacional.

Su participación como consejera nacional fue integrada como parte de las pruebas que presentó el PAN ante el IEE el pasado dos de abril, y que provocaron que los consejeros electorales detuvieran la entrega del registro como candidata independiente a Ana Teresa Aranda.

En ese momento, los consejeros acordaron que el caso de la expanista será resuelto antes del 8 de abril, aunque se espera que esta noche emitan su fallo. 

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