Saturday, 20 de April de 2024

Política

El Congreso de Puebla está obligado a legislar matrimonios gay: Flores Toledano

- Foto: Es Imagen / Archivo

Roberto Flores Toledano, presidente del Tribunal Superior de Justicia, manifestó que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) tiene claros los alcances del fallo del máximo tribunal de justicia en el país

Por Efraín Núñez / e-Consulta /

El presidente del Tribunal Superior de Justicia, Roberto Flores Toledano, sostuvo que al declararse inválido el artículo 300 del Código Civil del estado de Puebla por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el poder legislativo local está obligado a hacer la reforma correspondiente en materia de la unión legal de personas.

Manifestó que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) tiene claros los alcances del fallo del máximo tribunal de justicia en el país.

Apenas el miércoles el presidente del Congreso, Jorge Aguilar Chedraui, argumentó que no hay la mayoría en el Congreso local para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Está en el campo del Legislativo hacer las modificaciones

En entrevista, Flores Toledano subrayó que no existe por parte del TSJ un estudio respecto a las modificaciones de la Corte.

Queda en el campo del Poder Legislativo hacer la modificación en su caso al Código Civil. Es una modificación que se hace al Código y nosotros aplicaremos lo que mandate la ley.

Subrayó que hay un estudio constitucionalidad de la determinación que la Corte hizo en Puebla y en otros estados.

Recientemente Julián Peña Hidalgo, diputado local independiente, el Congreso del Estado podría recurrir a argucias para dejar pendiente el debate y aprobación del reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo.

Y es que afirmó que no está entre las prioridades de las fracciones aliancistas que tienen mayoría en la LIX Legislatura.

El martes el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 300 del Código Civil del Estado de Puebla, lo que da paso a la legalización de los matrimonios del mismo sexo en la entidad.

Respecto a la Acción de Inconstitucionalidad 29/2016 promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (SCJN), los ministros coincidieron que el artículo debe invalidarse por incurrir en “desigualdad”.

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