Thursday, 25 de April de 2024

Política

Congreso local pone en jaque a partidos locales: necesitarán el 3% de los votos para subsistir

- Foto: EsImagen

El último paquete de reformas electorales señala que aquellos institutos políticos locales que no obtengan ese porcentaje, perderán su registro.

Por Jesús Viñas / @jess15710 /

Este viernes ingresó al Congreso del estado el último paquete de iniciativas de reforma electoral, que contempla que los partidos políticos estatales que no obtengan el 3 por ciento de la votación total en una elección, perderán su registro. Además, los aspirantes a candidatos independientes deben lograr el 3 por ciento de las firmas del padrón electoral para contender.

Asimismo, en el documento se estableció la paridad de género para garantizar que el 50 por ciento de las candidaturas que postule cada partido para ayuntamientos y diputados, sean encabezadas por mujeres.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su análisis y aprobación, y será aprobada ante el pleno el próximo lunes 31 de julio.

Ver: De manera exprés, Congreso aprobará reforma electoral de cara al 2018

El 50% de las candidaturas serán para mujeres

La iniciativa contempla que los partidos políticos determinarán los criterios para que de manera objetiva, se garantice la paridad de género en la postulación a diputados y presidentes municipales.

Señala que por ningún motivo se coloque a alguno de los géneros “en aquellos distritos o municipios en los que el partido haya obtenido los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral anterior”.

Propone que el Instituto Electoral del Estado (IEE) “podrá rechazar el registro del número de candidaturas de un género que exceda la paridad, fijando al partido un plazo improrrogable para la sustitución de las mismas. En caso de que no sean sustituidas no se aceptarán dichos registros”.

Obligarán a partidos estatales a obtener el 3% de votos

Uno de los cambios que plantea la iniciativa, es al artículo 40 del Código de Instituciones y Procesos Electorales (Coipep) que establece que los partidos políticos de índole estatal deben de obtener el 3 y no el 2 por ciento de los votos para mantener su registro.

Asimismo, en la reforma al artículo 47 se estipula que “los partidos políticos nacionales deberán haber obtenido al menos el 3 por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones”, para tener derecho a financiamiento público.

En la reforma al artículo 58, se propone que los partidos políticos que postulen candidaturas comunes y no alcancen el tres por ciento de la votación, perderán también su registro, según lo establecido en el artículo 50.

“En caso de partidos políticos que postulen candidaturas comunes y no alcancen el tres por ciento de la votación, en términos del artículo 40, se aplicará lo previsto en el artículo 318 de este Código”.

Otro de los cambios es que os partidos políticos, precandidatos y simpatizantes están obligados a retirar su “propaganda electoral de precampaña para su reciclaje, dentro de los 7 y no 30 días siguientes”.

Independientes a diputado local deberán obtener el 3% del listado nominal

Respecto al tema de candidaturas independientes, los diputados locales establecieron que aquellos ciudadanos que aspiren a ser candidato por esta vía a legislador local, deberán obtener el 3 por ciento del listado nominal, que deberá estar integrado por los electores de “por lo menos las dos terceras partes de los municipios que componen el distrito”.