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TAPSA gana litigio contra Soapap y recupera sus plantas

- Foto: Especial

La SCJN ordena que Puebla le devuelva la operación de 4 plantas tratadoras, se le pague su inversión y sus servicios

Por Patricia Méndez / e-consulta / /

La empresa Tratamiento de Agua de Puebla S.A. de C.V. (TAPSA) ganó un litigio para retomar la operación de 4 plantas tratadoras de aguas residuales en el municipio capitalino que le fueron retiradas en 2012, por lo que el gobierno del estado deberá además pagar a esta firma la inversión que hizo para instalar los equipos y el volumen del líquido que procesó.

Así lo confirmó el representante de TAPSA, Paulo Jenaro Díez Gargari, en una entrevista vía telefónica que concedió a e-consulta.

El resolutivo fue emitido desde septiembre de 2015 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pero este no fue acatado por las autoridades poblanas, por lo que el pasado martes se requirió adicionalmente al Poder Judicial del Estado que se cumpla la sentencia, ya que de no hacerlo, podría revocar del cargo a los magistrados involucrados en el tema.

Díez Gargari expuso que la Corte envía su resolutivo al Tribunal Superior de Justicia en Puebla porque en una primera instancia se declaró competente para conocer del caso y emitió un fallo en contra de su cliente, lo que lo afectó y dio origen al proceso a nivel federal.

Este miércoles la empresa Concesiones Integrales, que está a cargo de la concesión del servicio de agua en Puebla y que opera las plantas, omitió dar una postura sobre el tema, mientras que el titular de Comunicación Social del Soapap, Héctor Pérez, no pudo ser localizado.

Los antecedentes

El 20 de febrero de 2012, el gobierno de Puebla notificó a TAPSA, filiar de la compañía francesa Degremont, la terminación anticipada del contrato que tenía para la puesta en marcha, conservación y mantenimiento de 4 plantas de tratamiento de aguas residuales por un periodo de 20 años, a partir del 23 de mayo de 2002.

Para dar por terminado el contrato, la administración estatal argumentó que la empresa incumplió con las normas oficiales de sanidad y ponía en riesgo la salud de la ciudadanía, por lo que las instalaciones quedaron a cargo del Sistema Operador de Agua Potable y Alcantarillado de Puebla (Soapap).

Ante la decisión del gobierno estatal, TAPSA inició un litigio  a fin de defenderse de la misma.

La terminación anticipada del convenio ocurrió un año antes de que el Congreso local creara la Ley de Agua del estado, para dar paso a la concesión del Soapap a un particular. Actualmente el organismo está a cargo del consorcio Concesiones Integrales que opera bajo el nombre comercial de “Agua de Puebla para Todos”.

TAPSA gana litigio

Paulo Jenaro Díez explicó que, en septiembre de 2015, la SCJN emitió una sentencia a favor de TAPSA para que recuperara la operación de las plantas de tratamiento, sin embargo el Tribunal Superior de Justicia del estado (TSJ) no acató de manera íntegra el fallo.

En consecuencia, el abogado expuso que este martes la Corte emitió un nuevo resolutivo que es inapelable, para que el Poder Judicial poblano acate el fallo de manera íntegra en un plazo de tres días, decisión que va acompañada de un proyecto de revocación del cargo de los magistrados del TSJ que incumplan la sentencia.

“La resolución de la Corte ya no admite recurso de ninguna especie, no hay nada más que hacer a eso”, remató el jurista.

En este sentido, explicó que la administración que preside el gobernador Rafael Moreno Valle Rosas deberá pagar a TAPSA el monto que esta invirtió para poner en marcha las plantas tratadoras –la cual asciende a 650 millones de pesos– y está clasificada como tarifa T1 dentro del contrato inicial.

Además, el gobierno poblano deberá liquidar la tarifa T3 la cual se refiere al volumen de agua tratada.

Ambos aspectos aún no están cuantificados, no obstante la defensa legal ya realiza los cálculos para definir el monto que la administración deberá cubrir.

La jurisprudencia

Díez Gargari detalló que la jurisprudencia en la que la SCJN se basó para emitir su fallo refiere que el contrato que TAPSA firmó con el gobierno poblano para poner en marcha la maquinaria, involucró recursos de entes federales como el Banco Nacional de Obras (Banobras) y del Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadín), razón por la que un litigio sobre el convenio no debe resolverse con base en ordenamientos estatales, sino federales.

De esta manera, la Corte dejó sin efecto los términos legales que el gobierno de Puebla utilizó para terminar anticipadamente el contrato con la empresa referida.

“Todos estos contratos están sujetos a las leyes federales porque la totalidad de esos proyectos tienen fondos federales… Eso le da mucha tranquilidad a los inversionistas, de saber que no van a estar expuestos al riesgo político municipal de cambio de titular de la presidencia municipal”, abundó.

El abogado recordó que en un primer paso, TAPSA interpuso un recurso en contra de la decisión de la administración estatal “por razón de turno” ante el Juez Décimo Segundo de lo Civil, bajo el expediente 204/2012, no obstante este dio la razón al Soapap y permitió la ocupación de las instalaciones de las plantas tratadoras por personal del organismo.

En consecuencia, TAPSA interpuso un recurso de apelación ante la Cuarta Sala en materia Civil del TSJ, pero esta se declaró incompetente para atender el caso y finalmente la SCJN atrajo el asunto en abril de 2013.

En este sentido, Díez Gargari condenó que aunque los juzgados sean federales, en ocasiones son influenciados por los gobiernos estatales de los lugares en donde tienen su sede, como el caso de Puebla, apuntó.

Citó como ejemplo de lo anterior que el primer resolutivo que favoreció al Soapap fue dictado en un solo día, sin que los jueces hubieran leído el expediente, pues conocieron los documentos apenas unas horas antes de la sentencia que dictaron.

De esta manera, Díez Gargari remarcó que la postura de TAPSA es exigir al gobierno del estado que cumpla y le devuelva la operación de las plantas.

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