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Domingo, 21 Septiembre 2014 11:40

Amado Yáñez: impunidad con protección gubernamental

Aunque la Comisión Nacional Bancaria y de Valores advirtió a las autoridades fiscales que el empresario Amado Yáñez, igual que varios directivos de Oceanografía y otros de Banamex actuaron con dolo en el fraude a este banco, la PGR optó por imputarle un delito menos grave. Yáñez recibe protección gubernamental a fin de que venda la naviera en condiciones ventajosas a empresarios ligados al Grupo Atlacomulco

Por : Proceso

Amado Yáñez Osuna, accionista principal de Oceanografía, y otros directivos de la empresa “conocieron, consintieron, implementaron y /o ejecutaron la conducta dolosa encaminada a proporcionar datos falsos sobre la veracidad e idoneidad de las estimaciones de la obra y la relación de derechos de crédito por cobrar” a Banamex.

Esa declaración consta en la “opinión de delito” sobre el caso Oceanografía que emitió la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), que preside Jaime González Aguadé, ante la Procuraduría Fiscal de la Federación. El documento, del que Proceso tiene copia, está fechado el 29 de abril pasado y no se le ha dado a conocer ni siquiera a la comisión investigadora del caso Oceanografía en el Senado de la República.

La CNBV, el organismo regulador de las instituciones financieras, concluye ahí que Banamex sufrió un “quebranto patrimonial” por 455 millones de pesos que “se encuentra inmerso en el registro contable del daño patrimonial por 5 mil 234 millones de pesos, esto a sabiendas de que con dicha falsedad (de los directivos de Oceanografía) se generaría, como efecto ocurrió, el quebranto patrimonial en cita para adecuarse a la hipótesis típica prevista y sancionada en el artículo 112, fracción I de la Ley de Instituciones de Crédito”.

En efecto, ese punto de la ley prevé sanciones a las personas que proporcionen datos falsos sobre el monto de activos o pasivos para obtener un crédito, si a consecuencia de ello el banco sufre quebranto o perjuicio patrimonial.

Además, según el artículo 194, fracción VII, del Código Federal de Procedimientos Penales, ese delito es considerado grave cuando el monto del quebranto supere “350 mil días de salario mínimo, en cuyo caso la pena será de ocho a 15 años de prisión y una multa de 250 mil a 350 mil días de salario mínimo”.

A pesar de esta contundente “opinión del delito” elaborada por José Alfredo Solórzano Zavala, director general de Delitos y Sanciones de la CNBV, el 29 de abril pasado el titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Jesús Murillo Karam, consignó a Amado Yáñez por un delito menos grave que el previsto en la fracción I del artículo 112 de la Ley de Instituciones de Crédito, alegando que “es difícil hablar de un fraude a Banamex” porque hubo “consentimiento del banco”.

(Fragmento del reportaje que se publica en la revista Proceso 1977, ya en circulación)

Proceso