Thursday, 28 de March de 2024
Viernes, 23 Octubre 2015 02:22

SCJN da primer revés a "LeyAntibronco" en Puebla

La Corte invalidó el candado colocado por el morenovallismo para impedir que Morena y PSI puedan realizar coaliciones en 2016 

Por : Viridiana Lozano Ortíz/ @viriloz , Ciudad de Puebla

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el primer candado de la Reforma Electoral aprobada en Puebla, que impedía a los partidos de reciente creación establecer coaliciones, por lo que Morena y PSI podrán recurrir a la figura de alianza para contender en los comicios de 2016.

La discusión inició este día en la SCJN a raíz de las impugnaciones promovidas por el PRD y el partido de Andrés Manuel López Obrador, y continuará el lunes para decidir si invalidan los candados "AntiBronco".

El artículo invalidado es el 4, fracción V, segundo párrafo, pues la Corte consideró que el tema es "materia federal". 

La razón para invalidar el tema de las coaliciones se deriva propiamente de la constitución política de los estados mexicanos al enviar este tipo de regulación a la ley general, que como he dicho, ha sido la razón para resolver sobre la invalidez”, dijo Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.

Otro artículo invalidado fue el 3, fracción II, séptimo párrafo, pues la SCJN consideró que el Congreso de Puebla no tiene facultades para incrementar el número de participantes en los debates del organismo electoral local, como lo establece la ley aprobada. 

Se están dando facultades al Congreso de la unión para que pueda expedir leyes generales entre las que debe de regular entre otras cosas a los organismos electorales y la idea es que distribuya estas competencias respecto de la integración de los organismos electorales”, Margarita Beatriz Luna Ramos, Ministra SCJN, Ponente.

Se espera que en la discusión del lunes la Corte determine si eliminará la cláusula establecida por el morenovallismo para impedir las candidaturas ciudadanas en Puebla, pues en la reforma electoral exige a los candidatos independientes que el 3 por ciento de los ciudadanos que los apoyen para registrarse acudan personalmente a firmar ante los órganos electorales en un lapso de 10 días.